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El fallo también ratificó que los precios deberán ajustarse por la inflación

La Justicia aceptó la cautelar y decidió hacer efectiva la medida a favor de la Superintendencia de Servicios de Salud y en contra de 23 prepagas, que agrupan al 95 por ciento de los afiliados.

Las involucradas, que deberán ajustar sus cuotas a la inflación y devolver el excedente cobrado en los últimos meses (acumulado desde el DNU 70) son: OSDE, Swiss Medical, Medicus, Omint, Galeno, Medifé, Hospital Italiano, Obra Social Luis Pasteur, Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerarquico de Bancos Oficiales Nacionales, Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación, Mutual Federal 25 de junio, ACA Salud, Sancor Salud, Prevención Salud, Sistema Integrado de Prestadores de Salud S.A., MET Córdoba, Hospital Alemán, Grupo DDM, Hospital Británico, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico de Lomas de Zamora.

También, dice el Juez, “establecer que en caso de que los afiliados hubieran abonado las facturas con los incrementos dejados sin efecto por esta decisión, la diferencia resultante entre dicho importe y el cálculo de actualización fijado, constituye un crédito a favor de cada uno de ellos”.

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Además, ordenó “fijar el plazo de cinco días para que cada Agente del Sistema de Salud demandado presente un plan de acción para efectivizar la restitución dineraria que en el punto anterior se ordena, bajo apercibimiento de tomar las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento”.

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