Próximo Fin de Semana Largo será XL: cuándo es y cuántos días corresponden

El calendario de noviembre 2025 presenta una oportunidad única para sumar descanso y actividades en familia, gracias a la combinación de feriados y días no laborables que marcarán el cierre del año en Argentina

El fin de semana largo de noviembre en Argentina traerá una combinación particular de fechas clave. El tradicional feriado por el Día de la Soberanía Nacional será trasladado y acompañado por un Día No Laborable con fines turísticos. Este ajuste impactará la organización laboral y familiar, ofreciendo a millones de argentinos la posibilidad de disfrutar de cuatro días consecutivos de descanso y oportunidades para viajar o reunirse hacia el cierre del año.

Cómo será el fin de semana XL de noviembre

El calendario laboral de Argentina para noviembre de 2025 introduce una modificación relevante: el Feriado por el Día de la Soberanía Nacional, originalmente previsto para el 20 de noviembre, se traslada al lunes 24. Además, el viernes 21 fue designado como Día No Laborable con fines turísticos, conformando un fin de semana largo de cuatro días, del viernes 21 al lunes 24.

El traslado del feriado obedece a la normativa vigente, que establece que cuando el 20 de noviembre cae en jueves debe correrse al lunes siguiente. Así, el lunes 24 de noviembre será un día de descanso obligatorio para trabajadores y estudiantes en todo el país. Esta disposición, además de facilitar la organización de actividades personales y familiares, busca incentivar el turismo interno y permitir que más personas aprovechen este período extendido.

La diferencia entre feriado y día no laborable

Para comprender el alcance de cada fecha, es fundamental distinguir entre feriado nacional y día no laborable, según la Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744). El artículo 181 establece que los feriados nacionales se rigen bajo las mismas normas que el descanso dominical: si un empleado trabaja en un feriado, percibe el doble de su salario habitual por esa jornada. En cambio, el artículo 182 indica que los días no laborables son optativos para el empleador; si se presta servicios, el pago es el ordinario, sin recargo. Esta diferencia legal impacta directamente en la organización de empresas y la planificación financiera de los trabajadores.

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