La Justicia falló a favor del Gobierno que prohibió que se cobren TASAS municipales en las facturas de servicios públicos

La medida se considera un triunfo para Luis Caputo en su disputa contra los intendentes

El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, a cargo del Juez Oscar Alberto Papavero, desestimó un amparo presentado por el Municipio de Tigre, que buscaba declarar inconstitucional la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. La resolución prohíbe incluir en las facturas de luz y gas los cargos correspondientes a tasas municipales. El fallo, que marca un giro favorable para el ministro Luis Caputo, se emite tras una serie de reveses en tribunales para el Gobierno Nacional.

La picardía del Municipio de Tigre, lo mismo que hacen prácticamente TODOS los municipios

El Municipio de Tigre había solicitado que se mantuvieran los cobros de la Tasa de Alumbrado, en la factura de luz de Edenor; y la Contribución Especial por el uso de la red de gas natural, a través de la factura de Naturgy BAN S.A. La Resolución 267/2024 había determinado que estos cargos no podían ser incluidos en las facturas emitidas por las distribuidoras de servicios públicos, un planteo que había sido cuestionado por varios intendentes bonaerenses.

La Justicia consideró que la resolución no resultaba arbitraria ni ilegal. Según el fallo, la medida tomada por la Secretaría de Industria y Comercio fue emitida por una autoridad competente en el marco de sus atribuciones. Además, el Juez Papavero destacó que no se demostró que la medida lesionara los derechos del municipio ni que se tratara de un desconocimiento de su potestad tributaria.

El Juez resolvió que los municipios podrán encontrar mecanismos alternativos para la recaudación de tasas municipales. En su fallo, Papavero indicó que los municipios debían tomar las precauciones necesarias para no afectar los derechos de los consumidores.

El fallo tiene relevancia porque no solo ratifica la legalidad de la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio, sino que también hace énfasis en la protección de los consumidores, conforme a lo que establece la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

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