La ANMAT eliminó requisitos para importar productos médicos de uso personal

Las personas podrán comprar en el exterior elementos como sillas de ruedas, bastones, tensiómetros, entre otros, sin intervención del organismo de control, con el objetivo de facilitar el acceso a estos insumos de salud

En el marco de la nueva regulación sobre los trámites para el ingreso al país de productos médicos sin prescripción, el Gobierno determinó que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) no intervendrá en los procesos con fines de uso personal.

La nueva normativa elimina los requisitos de ese organismo de contralor para la importación de sillas de ruedas, bastones, cintas kinesiológicas, y otros productos médicos que las personas quieran adquirir de manera particular, sin prescripción médica.

La decisión se publicó poco después de haberse modificado la fecha de vencimiento que regía sobre productos como prótesis, catéteres y jeringas, entre otros, la cual no podía ser inferior a un año desde su ingreso. Este lapso quedó reducido a seis meses a partir de la Disposición 2565/2025 que se conoció a mediados de abril.

En cuanto a los productos específicos habilitados para importación sin prescripción, la Disposición 2857/2025 menciona insumos médicos que pueden ser utilizados directamente por el paciente, como catéteres, agujas, jeringas e implantes, entre otros.

Para garantizar que los insumos que se importen cumplan con los requisitos establecidos, el Instituto Nacional de Productos Médicos elaborará una guía orientativa, la cual estará disponible en su página web y será actualizada periódicamente. Esta guía detallará un listado que cumpla con la condición de uso sin prescripción. En igual sentido, el Ejecutivo recordó en la disposición publicada en Boletín Oficial, la prohibición de “comercialización y/o utilización con fines de lucro y/o distribución gratuita de los productos objeto de la presente Disposición”.

Según los voceros de ANMAT consultados por este medio, entre las exigencias que se imponían hasta ahora para permitir la importación de algunos productos, se encontraban la necesidad de gestionar dos autorizaciones previas y presentar una descripción detallada del producto (marca, modelo, país de fabricación, entre otros).

De esta forma, los productos que podrán importarse bajo esta modalidad:

● Deberán ser destinados exclusivamente a uso personal.

● No podrán ser comercializados.

● Quedarán bajo la responsabilidad exclusiva del usuario comprador, quien asume los riesgos vinculados a su adquisición y uso.

Así, de ahora en más, agregaron las fuentes, quienes quieran importar para uso propio una de estas sillas, bastones, o estetoscopios, tensiómetros, entre otros, podrán hacerlo comprándola en el exterior, como cualquier otro producto, con los pasos que les requiera la Aduana.

Algunos elementos incluidos en la nómina son los siguientes:

  • Bastón, muletas
  • Silla de ruedas manual
  • Andador
  • Nebulizador
  • Almohadilla eléctrica
  • Tensiómetro
  • Codera, rodillera, muñequera
  • Bandas elásticas

Entre otros productos que se informarán en la página www.anmat.gob.ar

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