La contribución al INACAP, que se destinaba a capacitar empleados y se imponía incluso a no afiliados, pasó a ser voluntaria tras la entrada en vigencia del Decreto 149/2025
Desde este 2 de junio, los comercios ya no están obligados a realizar aportes al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), que durante casi 17 años recaudó más de $70.000 millones anuales mediante un mecanismo impuesto en las convenciones colectivas del sector.
La medida fue oficializada en el Decreto 149/2025, que declara voluntario el pago y prohíbe que se impongan cargas similares a empleadores no afiliados a cámaras empresariales.
La norma, que había sido publicada en marzo y entra en vigor este mes tras un plazo de adaptación de 90 días, pone fin a un esquema que, según empresarios del sector, implicaba un “impuesto privado” disfrazado de capacitación, sin contraprestación concreta y sin rendición de cuentas.
Hasta ahora, los empleadores encuadrados en el convenio colectivo de Comercio -el más amplio del país, con más de 1,2 millones de trabajadores registrados- debían pagar mensualmente una suma equivalente al 0,5% del salario inicial de la categoría Maestranza A, independientemente de si el trabajador realizaba o no cursos de formación. En marzo, ese valor era de $4.725,02 por empleado.
El Decreto establece que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”. Además, aclara que cualquier aceptación previa de estos pagos puede ser revocada por los empleadores en cualquier momento.
La eliminación del aporte fue celebrada por comerciantes y distribuidores mayoristas, que exigen además que la reforma se consolide por Ley, para evitar su reinstauración en el futuro.