Comienza a destrabarse el conflicto en la UNT: la Cámara Federal dictó sentencia definitiva y Pagani no podrá ser candidato a Rector nuevamente

El Tribunal, por mayoría, revocó el fallo de primera instancia, hizo lugar a la acción promovida por Miguel Cabrera y Virginia Abdala y fijó el alcance del Estatuto universitario al declarar que el ex Rector no podía postularse para un tercer mandato consecutivo (período 2026-2030)

La disputa judicial que durante meses atravesó a la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) llegó a su punto culminante con una sentencia que redefine el alcance del Estatuto de la Casa de Altos Estudios y modifica definitivamente el escenario político universitario.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán revocó el fallo del Juez Guillermo Díaz Martínez, hizo lugar a la acción declarativa de certeza promovida por los ex decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Sara Luz Abdala y declaró que el ex Rector, Sergio José Pagani, se encontraba impedido de postularse para un nuevo mandato en el período 2026-2030.

La decisión fue adoptada por los vocales Fernando Luis Poviña, Ricardo Mario Sanjuán, Patricia Marcela Moltini y Marina Cossio, con la disidencia del camarista Mario Leal.

El pronunciamiento pone fin al proceso judicial iniciado cuando Cabrera y Abdala, representados por el abogado Gonzalo Casas, acudieron a la Justicia Federal mediante una acción declarativa de certeza para que se estableciera el verdadero alcance de las normas estatutarias que regulan la reelección de las máximas autoridades universitarias. En aquella oportunidad sostuvieron que el Estatuto impedía un tercer mandato consecutivo y solicitaron que se despejara la incertidumbre jurídica antes del desarrollo de la Asamblea Universitaria convocada para renovar las autoridades de la UNT.

Sergio José Pagani

En primera instancia, el Juez Díaz Martínez había rechazado la demanda al considerar que la vía elegida no era procedente, al entender que los actores debían canalizar sus cuestionamientos mediante el recurso previsto en el Artículo 32 de la Ley de Educación Superior. Esa decisión fue apelada por los demandantes y dio origen al análisis integral que ahora efectuó la Cámara Federal, Tribunal que revisó tanto la cuestión procesal como el fondo del planteo.

En el voto mayoritario, los camaristas concluyeron que el conflicto no podía resolverse mediante una interpretación meramente literal del Estatuto, sino atendiendo al sentido integral de la reforma universitaria y a la voluntad expresada por la Asamblea que aprobó la normativa vigente. A partir de ese análisis entendieron que la acción declarativa era la vía adecuada para despejar una incertidumbre institucional que excedía el interés individual de los actores y comprometía el funcionamiento de la Universidad.

El punto central de la sentencia quedó plasmado en la parte resolutiva. Allí la Cámara resolvió: “Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y revocar la sentencia de fecha 27 de mayo de 2026. En consecuencia, hacer lugar a la acción declarativa de certeza”. Acto seguido declaró que “el artículo 17 limita la reelección del Rector y Vicerrector a una sola vez, es decir, dos mandatos consecutivos en total y el Art. 190 reconoce -explícitamente- la existencia de autoridades que se encuentran cumpliendo un segundo período, estableciendo el cese de sus funciones para mayo de 2026”. Finalmente dispuso que “el Ing. Sergio José Pagani se encuentra impedido de presentarse para la candidatura a los cargos de Rector o Vicerrector para el período 2026-2030”.

La sentencia representa el cierre del expediente que dio origen a la mayor controversia institucional que atravesó la Universidad Nacional de Tucumán en las últimas décadas. A partir de aquella presentación inicial se sucedieron medidas cautelares, impugnaciones ante la Junta Electoral, apelaciones, denuncias penales, recursos vinculados a distintas facultades y nuevos litigios que terminaron trasladando el debate sobre los límites a la reelección a otras unidades académicas. Con este fallo definitivo, la Cámara no sólo resolvió el caso concreto de Sergio Pagani, sino que fijó un criterio interpretativo sobre el Estatuto universitario que, por la profundidad de sus fundamentos, se proyecta como un precedente de fuerte impacto para la vida institucional de la UNT.

Créditos: Juan Manuel Montero

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