Incluye a micro, pequeñas, medianas o grandes empresas. Cómo adherir y qué requisitos pide ARCA. Hasta cuándo es el beneficio
Miles de empleadores tendrán una nueva oportunidad para regularizar trabajadores no registrados o corregir relaciones laborales mal registradas con una reducción significativa de deuda previsional.
A través de una resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una herramienta que permite blanquear empleados, acceder a condonaciones de hasta el 90% de la deuda acumulada y financiar el saldo restante mediante planes de pago de hasta 72 cuotas.
La iniciativa forma parte de la Reforma Laboral aprobada este año y estará disponible hasta el 28 de noviembre de 2026.
El objetivo es incentivar la registración de relaciones laborales que hoy permanecen total o parcialmente fuera del sistema formal.
A diferencia de otros regímenes de regularización, el beneficio no alcanza únicamente a trabajadores completamente no registrados. También contempla situaciones en las que el empleador declaró una fecha de ingreso posterior a la real o remuneraciones inferiores a las efectivamente abonadas.
Qué empleadores pueden acceder
El régimen está dirigido a empleadores privados que mantengan relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que continúen vigentes al momento de la adhesión.
La norma incluye tanto a micro, pequeñas y medianas empresas como a entidades sin fines de lucro y empleadores de mayor tamaño.
También podrán ingresar relaciones laborales que ya hubieran sido detectadas por inspecciones y cuya deuda continúe pendiente de pago, incluso cuando se encuentre en discusión administrativa o judicial.
Quedan excluidos los empleadores del sector público y quienes ya hubieran utilizado el régimen de regularización previsto en la Ley Bases para esos mismos trabajadores.
Cuánto de la deuda se perdona
El principal atractivo del esquema es la condonación parcial de la deuda vinculada a aportes y contribuciones de la seguridad social.
La magnitud del beneficio dependerá del tamaño de cada empleador.
- Las micro y pequeñas empresas, junto con las entidades sin fines de lucro, accederán a una condonación del 90% de la deuda alcanzada por el régimen.
- Las medianas empresas tramo 1 y tramo 2 obtendrán una quita del 80%.
- Para el resto de los empleadores, la condonación será del 70%.
El beneficio alcanza tanto al capital como a los intereses correspondientes a obligaciones vinculadas con jubilaciones, PAMI, obras sociales, asignaciones familiares y otros subsistemas de la seguridad social.
Además, el régimen contempla la condonación total de determinadas obligaciones vinculadas con riesgos del trabajo, seguro colectivo obligatorio y otros conceptos específicos.
Qué trabajadores pueden regularizarse
La regularización puede utilizarse para tres situaciones distintas.
- La primera corresponde a trabajadores completamente no registrados.
- La segunda alcanza a empleados cuya fecha de ingreso fue declarada con posterioridad a la real.
- La tercera contempla relaciones laborales en las que el salario informado fue inferior al efectivamente percibido por el trabajador.
En todos los casos, el empleador deberá presentar o rectificar las declaraciones juradas correspondientes e incorporar la información correcta dentro de los sistemas de ARCA.
Cómo funciona el plan de pagos
La deuda que no resulte condonada podrá cancelarse al contado o mediante un plan especial de facilidades de pago.
- Quienes opten por el pago de contado obtendrán además una reducción adicional del 50% sobre la deuda remanente.
- Para quienes prefieran financiar el saldo, el régimen prevé condiciones diferenciadas según el tamaño del empleador.
Las micro y pequeñas empresas y las entidades sin fines de lucro podrán acceder a planes de hasta 72 cuotas con un anticipo equivalente al 3% de la deuda consolidada.
Las medianas empresas tendrán un máximo de 48 cuotas con un pago a cuenta del 4%.
Los demás empleadores podrán financiar hasta en 36 cuotas con un anticipo del 5%.
En todos los casos, la tasa de financiación será del 1% mensual y el valor mínimo de las cuotas será de $50.000.
Cómo adherirse
Los empleadores deberán regularizar las relaciones laborales mediante los sistemas registrales de ARCA y posteriormente optar por alguna de las modalidades de cancelación previstas por la norma.
La adhesión al régimen se realizará a través de los servicios con Clave Fiscal y del sistema “Mis Facilidades”, donde se consolidará la deuda y se generarán los planes de pago correspondientes.
La reglamentación establece que los sistemas estarán disponibles a partir del 16 de junio de 2026.
