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Cabe recordar que desde el 23 de diciembre, los contribuyentes dejaron de pagar el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), que gravaba esas operaciones con un recargo del 30%

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó este mes a aprobar las solicitudes de reintegros a contribuyentes que fueron alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales durante 2024, por sus consumos con tarjeta de crédito o débito para compras en el exterior o por la adquisición de dólares para atesoramiento.

¿Qué es el régimen de devolución de percepciones?

En septiembre de 2020, el Gobierno de Alberto Fernández estableció un pago anticipado de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera alcanzadas por el impuesto País. En total, el contribuyente debía pagar un 60% de recargo (30% de impuesto País y 30% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales). 

En paralelo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy conocida como ARCA) estableció un régimen de devolución de percepciones a cuenta del 30% de Ganancias y Bienes Personales. 

Desde que dejó de pagarse el Impuesto PAIS, la percepción es del 30% sobre cada consumo, y la normativa establece la posibilidad de solicitar un reintegro para quienes no se vean afectados por dichos impuestos.

El cobro por adelantado se aplica sobre personas humanas, jurídicas, sucesiones indivisas u otras personas que hayan realizado operaciones como:

  • Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento
  • Pago de bienes o servicios en el exterior que se cancelen con tarjetas de crédito
  • Extracciones o adelantos en efectivo realizados en el exterior
  • Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país

¿Quiénes pueden solicitar la devolución de percepciones?

Pueden solicitar la devolución:

  • Monotributistas
  • Trabajadores en relación de dependencia no alcanzados por otras restricciones 
  • Jubilados
  • Empleados que pagan Ganancias (a través del Siradig)
  • Autónomos con saldo a favor en sus declaraciones juradas

Es decir, todas las personas que hayan sido alcanzados por la percepción pueden solicitar la tramitación del reintegro. Sin embargo, las solicitudes dependen de las condiciones de los contribuyentes ante el fisco.

En el caso de los empleados en relación de dependencia que sí pagan Impuesto a las Ganancias, podrán cargar estas percepciones e informarlas a su empleador para la liquidación anual del impuesto a través del Siradig. La normativa también establece que en caso de que los anticipos que realizó por sus gastos en dólares superen el monto correspondiente a pagar por el impuesto a las Ganancias, podrá hacer una solicitud por el excedente previa verificación y fiscalización del contribuyente.

En el caso de autónomos que se vean alcanzados por alguno de los impuestos, tendrán que presentar la declaración jurada de cada período fiscal y si en la misma tuviera un saldo a favor del impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales, una de las formas de compensarlo es a través de este régimen. 

En este caso deberán hacer una solicitud ante la ARCA por la devolución de los saldos a favor.

En todos los casos, la solicitud de devolución debe hacerse una vez finalizado el año fiscal. Es decir, que las percepciones que un contribuyente pagó durante 2024, podrá solicitarlas desde el 1° de enero de 2025.

La devolución incluye tanto el monto que fue percibido más un interés mensual de 3,19% que son generados desde el momento en que se hizo la solicitud hasta que se hace efectiva.

Paso a paso, ¿Cómo es el trámite para solicitar la devolución de Ganancias 2024?

  1. Acceder al portal de la ARCA con CUIT y contraseña
  2. Seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”
  3. Buscar las percepciones por mes del año fiscal
  4. Verificar las percepciones precargadas
  5. Dar conformidad a los datos
  6. Realizar la solicitud

Los contribuyentes que quieran solicitar la devolución de percepciones deberán acceder al portal de la ARCA e iniciar sesión con su CUIT y contraseña. Una vez que ingresaron deberán clickear en el servicio “Devolución de percepciones”. Si no aparece en la primera pantalla, se puede escribir en la barra del buscador.

Una vez ingresado, se deberán buscar las percepciones de acuerdo al mes del año fiscal en que fueron realizadas. Cabe recordar que las percepciones son sobre años fiscales cerrados, por lo que las últimas en estar disponibles son las de 2024. El trámite debe realizarse individualmente para cada mes.

Una vez cargadas las percepciones, se tiene que dar conformidad de los datos que se están ingresando y el finalmente hace click en el botón de solicitud. 

Para chequear que se encuentre toda la información presentada se pueden buscar las presentaciones realizadas. 

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