El próximo domingo habrá elecciones nacionales y se votará en todo el país. Se elegirán diputados nacionales en todos los distritos y senadores nacionales sólo en algunos. Por primera vez se implementará la BUP. Te enseñamos cómo se debe votar con el nuevo sistema
La Boleta Única Papel (BUP) reúne a todos los candidatos en una boleta y garantiza la presencia de la totalidad de la oferta electoral el día de los comicios en cada centro de votación.
En el diseño elegido, los partidos figurarán en las columnas (verticales) y los cargos a elegir en las filas (horizontales) para facilitar la visualización. Al lado de cada cargo se dispone una casilla en blanco para que el elector tilde el o los candidatos de su preferencia.

Es importante considerar que cada elector vota para elegir diputados nacionales en todo el territorio de la República Argentina, y senadores nacionales en: Capital Federal o CABA y en las provincias de Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

Por lo tanto, habrá dos modelos de Boleta Única de Papel, según la jurisdicción.
Pasos para votar con Boleta Única de Papel
- El elector llega a la mesa y recibe la boleta, con la firma de la autoridad de mesa y una lapicera para marcar el voto. Está prohibido llevar una boleta desde la casa.
- Ya no hay cuarto oscuro. Habrá una cabina de votación -de cartón- al lado de la mesa. Se dirige hacia allí y se debe marcar el casillero correspondiente al partido o candidato que uno quiera. Es una sola marca por categoría. Donde solo se votan diputados, se hace una sola marca para partido o candidato. Donde se votan, además senadores, se debe marcar en el casillero correspondiente a esa categoría. La marca puede ser un tilde, una cruz, dentro del casillero.
- Luego se dobla la boleta por la línea punteada -no va en ningún sobre- y se deposita en la urna.
- Al finalizar, se firma el padrón y se reciben la constancia de voto y el DNI.
Todos los tipos de voto con la Boleta Única de Papel
- Voto afirmativo: también conocido como “positivo”, es el sufragio emitido mediante Boleta Única oficializada y en los que el elector marca una opción electoral para una o más categorías.
- Voto nulo: es el caso de los votos emitidos mediante Boleta Única no oficializada. A su vez, pueden ser aquellos emitidos mediante Boleta Única oficializada, pero que cuentan con dos o más marcas para distintas agrupaciones políticas para la misma categoría (la nulidad solo afecta a la categoría en la que se hubiese producido la repetición de opciones). Por otro lado, se incluye en esta categoría al sufragio que se hubiese roto en algunas de las partes e impide determinar cuál ha sido la opción electoral escogida. Lo mismo ocurre a aquellos que tienen inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral, por lo cual no se puede determinar cuál ha sido la opción electoral escogida. También queda nulo si junto a la Boleta Única plegada se hayan incluido objetos extraños a ella. Todos estos casos no se cuentan en el cómputo final de votos.
- Voto en blanco: es cuando el votante no marca ninguna preferencia electoral en una o más categorías. Se trata de un voto válido, ya que representa una manifestación de la voluntad del electorado de abstenerse de elegir entre las diversas alternativas existentes, como una manera de expresar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos. Sin embargo, este no se computa para ninguna agrupación política que compita en la votación.
- Voto recurrido: son votos cuya validez o nulidad fuere cuestionada por las autoridades de mesa o los/as fiscales. Para ello, deberá fundar su pedido con expresión concreta de las causas que se asentarán sumariamente en volante especial que proveerá la Junta. En este caso, los sobres en cuestión no deberán ser abiertos ni escrutados en la mesa, sino que se enviarán cerrados a la Justicia Nacional Electoral para que esta entidad decida sobre su validez o nulidad.