La Cámara de Apelaciones del Trabajo dejó firme la sentencia de primera instancia de la Jueza Fullana y convalidó sus argumentos, en sintonía con la postura de la CGT
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó, este lunes, el fallo de primera instancia que declaró la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del DNU 340 que reglamentó el Derecho de Huelga en el transporte, la educación y la salud, entre otras actividades.
En una sentencia firmada por Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado, que trata la apelación presentada por el Estado Nacional contra el fallo de la Jueza Moira Fullana, a partir de una acción de amparo fue promovida por la CGT, los camaristas convalidaron los argumentos de la falta de cumplimiento de los requisitos constitucionales para la emisión de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), según el artículo 99 -inciso 3- de la Constitución Nacional, y en la omisión de la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de expedirse sobre el DNU, lo que impide considerar vigente la norma.