La Dirección de Defensa Civil de la Municipalidad estableció los requisitos y documentación a presentar
Las autorizaciones aplican únicamente para la comercialización de productos de venta libre, categorías A II y B3, según lo establecen las ordenanzas 4493/19 y 5037/19. Se trata de pirotecnia luminosa con un nivel de estruendo de baja intensidad (menor a los 70 decibeles), que no genera daño a las personas con hipersensibilidad sonora y a los animales de compañía.
Documentación obligatoria
Los interesados deberán presentar en Mesa de Entrada de la Dirección de Defensa Civil, en calle Italia 2750, la siguiente documentación:
- Formulario oficial correspondiente.
- Fotocopia del DNI del titular de la actividad.
- Fotocopia del DNI del propietario del local.
- Autorización y/o contrato de locación firmado por el propietario del local.
- Estado de cuentas del CISI o plan de pagos actualizado.
- Cupón de pago emitido por esta repartición.
La documentación podrá presentarse del 28 de noviembre al 15 de diciembre de 2025, en el horario de 8 h a 13 h.
Ubicación de los locales
No se podrán habilitar locales dentro del Distrito C1a, comprendido por:
Norte: Santiago del Estero
Sur: General Paz
Oeste: Salta – Jujuy
Este: Av. Avellaneda – Sáenz Peña
Distancias mínimas
Los puntos de venta deberán ubicarse a 50 metros como mínimo de:
- Establecimientos educativos
- Hospitales y sanatorios
- Pinturerías
- Estaciones de servicio
(Se toma como referencia el límite exterior de los muros o paredes del local.)
También se prohíbe la instalación en:
- Galerías comerciales
- Supermercados e hipermercados
- Shoppings
- Playas de estacionamiento
- Planta baja de edificios destinados a viviendas
Condiciones edilicias y de seguridad
Los locales deberán contar con:
- Paredes: mampostería de al menos 0,15 m de espesor
- Pisos: material no inflamable
- Techos: hormigón armado de 15 cm, o estructura liviana/cielorraso sólido e incombustible
- Puertas: deben abrir hacia afuera o permanecer abiertas, con un ancho libre mínimo de 1,10 m
- Señalización obligatoria: “Prohibido fumar”, “Salida”, “Prohibida la venta a menores de 16 años”
- Disyuntor eléctrico tipo diferencial
- Matafuegos: 1 (uno) ABC de 10 kg cada 15 m², con oblea municipal
- Luces de emergencia: 1 cada 20 m², autónomas
- Baldes de arena: 3 por cada matafuego
- Agua: 1 tacho de 100 litros como mínimo
Normas sobre exhibición y productos
- La menor unidad de venta debe estar en envases cerrados.
- Los artificios exhibidos en vidrieras deben estar desactivados e inertes.
- Estanterías, exhibidores y mostradores deben ubicarse fuera del alcance del público.
El formulario de inicio del trámite debe retirarse personalmente en Mesa de Entradas de la Dirección de Defensa Civil (Italia 2750) y presentarse en la DIM, ubicada en Crisóstomo Álvarez 229.
El trámite debe ser realizado de manera personal por el titular del comercio.
