Ahora los tres jueces del Alto Tribunal deben decidir si rechazan el recurso de la presidente del PJ para que quede firme la condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos, o si revisan el caso
La Corte Suprema decidió hoy rechazar la recusación que Cristina Kirchner presentó contra el Juez Ricardo Lorenzetti. La decisión permite al Tribunal avanzar en la llamada causa “Vialidad”, que ya cuenta con un fallo de un Tribunal Oral confirmado por la Cámara de Casación Penal, que condena a CFK a la pena de seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
La defensa de la ex presidente había recusado a Lorenzetti con el argumento de que habría mostrado su postura en el caso, al asegurar públicamente que la causa Vialidad debía resolverse antes de las elecciones, entre otros hechos mencionados en la recusación. En respuesta, el Juez solicitó a sus colegas, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, que rechacen la recusación sin más análisis, calificándola como improcedente y carente de sustento normativo.
En el centro de esta causa se encuentra la condena, dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal 2, que sentenció a Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
Los argumentos de la Corte para rechazar la recusación fueron, entre otros, los siguientes:
– De acuerdo con la doctrina del tribunal, cuando las recusaciones planteadas por las partes son “manifiestamente inadmisibles” deben ser desestimadas de plano.
– La decisión señala también que las circunstancias que dieron lugar a los argumentos de la recusación no fueron denunciadas de manera oportuna y que carecen de la fundamentación necesaria establecida, tanto por las normas legales como por los antecedentes del tribunal en estos casos.
– Muchos de los hechos denunciados son anteriores a la presentación del recurso y eran conocidos públicamente entonces, por lo que debieron haber sido planteados, en todo caso, cuando el caso llegó a la Corte. Los hechos posteriores a esa fecha fueron denunciados recién en el escrito de recusación, de fecha de 5 de mayo pasado, lo que excede el plazo legal desde que se produjeron.
– Respecto de los hechos ocurridos dentro del plazo legal, los mismos requieren que se funden en alguna de las causales previstas, lo que -a criterio de los jueces- no ha ocurrido, ya que el planteo se limitó a invocar en forma genérica que el juez Lorenzetti carecería de imparcialidad. Todo lo cual sirve para sostener el rechazo de la recusación planteada por la defensa de la ex mandataria.