El Gobierno habilitó a personal de las FF.AA. en actividad a ocupar puestos en el Ministerio de Defensa sin pasar a disponibilidad

La medida se hizo mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N.°34/2026 que modificó la Ley 19.101

Hasta ahora, cualquier personal de las Fuerzas Armadas que ocupaba un puesto en el Ministerio de Defensa, debía pasar a disponibilidad, es decir, dejaba de estar activo. La situación implicaba que, el tiempo de servicio en el Ministerio, no computara como servicio efectivo. Esto, desalentaba la incorporación de oficiales y suboficiales con experiencia y conocimiento especializado en funciones clave.

El Decreto responde a la necesidad operativa de cubrir puestos estratégicos con personal idóneo en áreas donde el conocimiento profesional acumulado es determinante.

Además, resalta que la formación y la experiencia propias de la carrera militar son esenciales para la planificación y conducción de la Defensa Nacional.

También, habla de una política de integración entre personal civil y personal militar dentro del Ministerio.

Dicho Decretado no alcanza a oficiales que hayan alcanzado los grados de: Teniente General, Almirante o Brigadier General, ni a quienes se hayan desempeñado como Jefe del Estado Mayor Conjunto o jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, por tratarse de instancias que representan la culminación de sus carreras.

COMPARTIR NOTICIAS

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *