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El delito habría ocurrido en la ciudad de Concepción en el marco de una denuncia penal sobre diversos delitos cometidos en perjuicio de OSPIA y FEIA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un dictamen del 25 de junio pasado, expresa: “de conformidad con lo dictaminado, se declara que deberá entender, respecto a la pesquisa sobre la supuesta comisión del delito de lavado de activos, el Juzgado Federal N°2 de Tucumán, al que se le remitirán las actuaciones. Asimismo, dicho tribunal deberá enviar copia de las actuaciones al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°5, para que continúe la investigación respecto a las circunstancias relacionadas con la designación del administrador provisorio de la Obra de la Federación de Empleados de la Industria Azucarera (OSPIA)”.

Y continúa: “También deberá enviar copia de las actuaciones al Juzgado de Instrucción Conclusional N°2 de la ciudad capital de la Provincia de Tucumán, para que en dicha sede se investigue lo relativo a la presunta administración fraudulenta de la citada obra social, el enriquecimiento ilícito atribuído a José Antonio L. y el posible delito de amenazas; así como también lo relativo a la falsificación de la firma de la denunciante en un formulario de traspaso de la Obra Social de Yacimientos Carboníferos y en los documentos de la autorización de OSPIA, como el presunto delito de abuso de autoridad y la posible violación de la medida restrictiva”.

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