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Quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia ante los bancos

La eliminación del trámite de fe de vida de jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas comenzó a regir este lunes con la publicación del decreto que la promulga en el Boletín Oficial.

Se trata la Ley 27.721, promulgada a través del Decreto 365/2023. La Ley deja sin efecto la obligación de presentar declaración de supervivencia o fe de vida, y beneficia a jubilados y pensionados tanto del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como beneficiarios de pensiones no contributivas.

Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.

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