Tucumán: la defensa de Diego Zerda negó la instigación al suicidio de Karla Robles y aseguró que “jamás hubo violencia física”

Tras la declaración del acusado en el juicio por la muerte de Karla Robles, su abogada sostuvo que el relato fue sólido, cuestionó la utilización de denuncias anteriores como prueba y aseguró que no existen mensajes en los que su defendido haya instado a la joven a quitarse la vida. También brindó explicaciones sobre la eliminación de conversaciones y el formateo del teléfono celular.

El juicio oral por la muerte de Karla Robles ingresó en su etapa decisiva y la declaración de Diego Zerda se convirtió en uno de los momentos centrales del debate. Durante casi dos horas, el acusado reconstruyó su relación con la joven y expuso su versión de los acontecimientos. Tras la audiencia, su abogada defensora dialogó con la prensa y aseguró que el testimonio permitió aclarar aspectos fundamentales del vínculo y de las circunstancias que rodearon el fallecimiento.

Según explicó la letrada, Zerda describió una relación sentimental que comenzó en 2020 y se extendió, con interrupciones y reconciliaciones, hasta 2025. La defensora remarcó que no se trató de una convivencia o relación continua durante cuatro o cinco años y sostuvo que existieron períodos de separación de más de un año. Asimismo, afirmó que su cliente negó categóricamente haber ejercido violencia física contra Karla y cuestionó las denuncias anteriores incorporadas al expediente. Según su versión, esas presentaciones fueron archivadas por la Fiscalía debido a la falta de ratificación y de elementos probatorios suficientes. Sin embargo, el alcance de esas denuncias y su valoración dentro del juicio serán cuestiones que deberá resolver el tribunal.

Uno de los puntos más controvertidos de la causa es determinar si existió una conducta de instigación al suicidio. La abogada sostuvo que en las conversaciones analizadas no aparece la expresión “mátate” ni otros mensajes que, desde su interpretación, permitan atribuir a Zerda una incitación directa. También aseguró que Karla atravesaba previamente situaciones de sufrimiento psicológico y que su defendido la había acompañado durante una internación involuntaria en febrero de 2025. “Nuestra teoría del caso es que realmente Diego no instigó a suicidarse a Karla”, manifestó. Estas afirmaciones contrastan con la postura de la querella, que sostiene que existen testimonios y otros elementos capaces de acreditar la presunta instigación.

La defensa también se refirió a uno de los aspectos que generaron cuestionamientos durante el proceso: la eliminación de mensajes y el formateo del teléfono celular de Zerda. La abogada explicó que, según el acusado, ambos integrantes de la pareja solían borrar conversaciones después de discusiones o intercambios de mensajes ofensivos. Respecto del formateo del dispositivo, señaló que su defendido brindó explicaciones durante la audiencia, aunque evitó profundizar públicamente en ellas por considerar que se trata de una cuestión delicada vinculada con sus garantías constitucionales. También confirmó que no se realizó una pericia psicológica sobre el acusado.

Finalmente, la letrada consideró que la declaración fue consistente y permitió reconstruir cronológicamente los distintos períodos de la relación. Insistió en que no existió violencia de género y sostuvo que las discusiones de pareja no constituyen, por sí solas, una prueba de ese tipo de violencia. Con las declaraciones finalizadas, el tribunal deberá analizar las pruebas, los testimonios y las posiciones contrapuestas de la Fiscalía, la querella y la defensa para determinar si se encuentran acreditados los elementos del delito de instigación al suicidio. Mientras la familia de Karla reclama justicia y responsabiliza al acusado por lo sucedido, la defensa mantiene su postura de que Diego Zerda no tuvo responsabilidad penal en la muerte de la joven.

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