El Banco Central libera restricciones para que pueden ingresar dólares los profesionales que trabajan para el exterior

La normativa entrará en vigencia este viernes y, de acuerdo a lo que informó la entidad, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados

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La normativa entrará en vigencia este viernes y, de acuerdo a lo que informó la entidad, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados

El Banco Central (BCRA) decidió eliminar el límite anual de US$36.000 para ingresar dólares sin liquidar en el mercado oficial para los profesionales que trabajan para el exterior.

La normativa, que se oficializó a través de la Comunicación “A” 8330, entrará en vigencia este viernes y, de acuerdo a lo que informó la entidad, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados.

Además, se especificó que los bancos no podrán cobrar comisiones a los freelancers por las acreditaciones de ingresos de divisas del exterior en sus cuentas en moneda extranjera. Esta medida aplica a ingresos por exportación de servicios, fondos propios o ayuda familiar.

Esta norma ya se había flexibilizado en dos oportunidades anteriormente. En 2024, se había pasado de US$12.000 a US$24.000 el monto permitido y luego, en enero de este año, se volvió a elevar a US$36.000.

Cuáles son las actividades que pueden ingresar dólares al país sin pasarlos a pesos

Según la normativa de exterior y cambios del Banco Central, están exceptuados de liquidar sus cobros aquellas personas que exporten servicios en los siguientes rubros:

  • Mantenimiento y reparaciones
  • Construcción.
  • Telecomunicaciones.
  • Informática.
  • Servicios de información.
  • Cargos por el uso de la propiedad intelectual.
  • Investigación y desarrollo.
  • Servicios jurídicoscontables y gerenciales.
  • Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública.
  • Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos.
  • Servicios relacionados con el comercio.
  • Otros servicios empresariales.
  • Servicios audiovisuales y conexos.
  • Otros servicios personalesculturales y recreativos.
  • Otros servicios de salud.
  • Enseñanzas educativas.

Para poder hacer la exportación de servicios, el profesional debe tener una cuenta en dólares a su nombre para acreditar las divisas y un monotributo en el que tendrá que establecer un punto de venta específico para facturar las exportaciones con una factura tipo “E”.

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