Electrodomésticos y celulares más baratos vía courier desde Tierra del Fuego: eliminaron restricciones fiscales para facilitar el sistema

Quedaron sin efecto límites impositivos que impedían ventas minoristas desde la provincia del Sur al resto del país a través del régimen puerta a puerta

El Gobierno oficializó, este lunes, la eliminación de las restricciones fiscales que regían sobre las operaciones comerciales realizadas desde Tierra del Fuego hacia el territorio continental mediante envíos directos a consumidores finales. La medida quedó plasmada en el Decreto 535/2025, publicado en el Boletín Oficial, y establece un nuevo criterio para que las ventas realizadas bajo el régimen de servicios postales puerta a puerta sean reconocidas como operaciones de consumo interno.

La normativa modifica el tratamiento fiscal vigente para las empresas radicadas en la Zona Aduanera Especial de Tierra del Fuego, lo que permite que productos como televisores, celulares, microondas y pequeños electrodomésticos puedan llegar al resto del país sin cargas adicionales que, hasta ahora, encarecían el precio final para los consumidores.

Con la entrada en vigencia del Decreto, las operaciones efectuadas mediante plataformas de comercio electrónico o canales digitales podrán ser consideradas como entregas para consumo en el país, aun cuando se realicen desde la isla y se despachen a través de couriers o el Correo Argentino. Se trata de una adecuación normativa que cambia el criterio fiscal con el cual venían interpretándose estas transacciones, en especial en lo referido a IVA e Impuesto a las Ganancias.

Según el texto del decreto, “cuando se trate de mercaderías originarias o provenientes del Área Aduanera Especial, remitidas a través de empresas de servicios postales, en el marco del régimen de pequeños envíos de entrega directa al domicilio del consumidor, tales operaciones deben considerarse como entregas para consumo en el país”.

Hasta ahora, ese tipo de operaciones debía asimilarse a un proceso de importación, lo que obligaba a las empresas a emitir facturas con percepción de IVA, generar saldos técnicos de difícil utilización y aplicar criterios contables que disuadían la venta directa al público desde la isla. Con este nuevo encuadre, se elimina esa interpretación y se despeja el camino para que las firmas fueguinas vendan de forma competitiva sus productos.

Uno de los cambios más relevantes es que se permite que el destino final del envío sea cualquier punto del país, y que eso no altere la condición fiscal de la operación. De este modo, los consumidores podrán adquirir productos de origen fueguino a través de plataformas digitales, y recibirlos en sus domicilios mediante servicios postales sin pagar adicionales ni sufrir demoras aduaneras innecesarias.

La medida beneficia especialmente a firmas radicadas en Ushuaia y Río Grande, que ahora podrán expandir su canal de venta minorista sin recurrir a intermediarios. También simplifica los procedimientos contables y fiscales, al eliminar la aplicación de regímenes de percepción o retención de impuestos que encarecían las operaciones y generaban créditos fiscales sin posibilidad de uso inmediato.

La medida entra en vigencia de forma inmediata y no requiere trámites adicionales por parte de los consumidores. Las empresas deberán adecuar sus plataformas logísticas y sistemas de facturación para operar bajo este nuevo esquema, lo que permitirá ofrecer productos electrónicos, tecnológicos y del hogar a precios más competitivos en el canal minorista.

En lo inmediato, se espera que el decreto habilite un nuevo canal de ventas minoristas para las empresas radicadas en la isla, permitiendo mayor capilaridad en su llegada al consumidor y favoreciendo una estructura de costos más racional. El régimen puerta a puerta, que hasta ahora se utilizaba mayormente para compras al exterior, se amplía así a operaciones de fabricación nacional con tratamiento fiscal preferencial.

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