La iniciativa busca limitar que personas con condenas por corrupción se postulen a cargos electivos. Su tratamiento está en el temario de Sesiones Extraordinarias del Congreso, que se extenderán hasta el 21 de febrero de 2025
Una iniciativa similar, pero presentada por el PRO, había obtenido dictamen de mayoría en la Cámara de Diputados en 2024, pero en 2 oportunidades fracasó su tratamiento en el recinto de la Cámara Baja por falta de quórum. Tras el fracaso de aquella iniciativa, el Gobierno se propuso elaborar su propio proyecto.
El proyecto oficial propone la incorporación de un inciso en un artículo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos. En la versión actual, ese artículo enumera una serie de características que impiden ser candidato, en elecciones primarias o generales, y ejercer cargos partidarios: los excluidos del padrón, el personal superior y subalterno de las fuerzas armadas y de seguridad, los magistrados, los directivos de compañías concesionarias de servicios públicos y las personas con procesamiento o condena por crímenes de lesa humanidad.
La iniciativa de La Libertad Avanza agrega que tampoco podrán ser candidatos los condenados por delitos contra la administración pública, y para esto no es necesaria una condena firme, sino que alcanza con una condena confirmada en segunda instancia, que en el caso de la Justicia Federal, es la Cámara Federal de Casación Penal.
No es la única novedad: para que sea aplicable, la condena debe ser confirmada antes del 31 de diciembre del año anterior a las elecciones. Es decir que si, por ejemplo, en los próximos meses se confirmara en segunda instancia una condena contra un potencial candidato en las elecciones legislativas de 2025, no le impediría postularse. En ese caso, aplicará para los siguientes comicios. Y la prohibición estará vigente hasta que la sentencia sea revocada, o hasta que se cumpla la pena impuesta.
La propuesta, además, establece que la Cámara Nacional Electoral llevará un Registro Público de Ficha Limpia en donde constarán las sentencias que sean confirmatorias de condenas por los tipos de delitos contemplados en esta norma.
Por último, el proyecto establece esta misma prohibición para el nombramiento del Jefe de Gabinete, de ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados, integrantes de cuerpos colegiados, personal diplomático y directores de empresas o entes con participación estatal, entre otros.
En qué situación está la condena contra Cristina Kirchner
El pasado 13 de noviembre, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 6 años de prisión contra la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner en la causa “Vialidad”. Los jueces ratificaron la sentencia dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2.
Si se tiene en cuenta la legislación actual, no se le puede impedir a Fernández de Kirchner la postulación a un cargo electivo, ya que el fallo no está firme porque no pasó por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sin embargo, en el caso de que se apruebe la Ley de Ficha Limpia, propuesta por el Ejecutivo, la ex Presidente y Vicepresidente de la Nación no podría postularse como candidata en las elecciones legislativas de 2025, ya que su condena fue confirmada antes del 31 de diciembre de 2024.