Fue en una causa promovida por la Confederación General del Trabajo
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió los efectos de la reforma laboral incluida en el DNU 70/2023 del presidente Javier Milei.
Lo suspendido es “la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023”, advierte el fallo.
El argumento central es que no están acreditadas ni la necesidad ni la urgencia que justifiquen eludir al Congreso, que es el que legisla, y dictar un DNU con tan importantes y numerosas medidas en materia laboral.
En el gobierno esperaban que hoy los camaristas del Trabajo se desprendieran del caso y lo giraran a la Justicia en lo Contencioso Administrativo, tal como había pedido el fiscal general de la Cámara del Trabajo Juan Manuel Domínguez. Confiaban en que contencioso congelara todo hasta febrero, pero los camaristas laborales tomaron otra decisión.